Septiembre es sinónimo de tradiciones chilenas: cueca, empanadas y celebraciones en las oficinas.
Muchas empresas ven estas festividades como una oportunidad para fortalecer vínculos con sus equipos, organizando almuerzos, entregando regalos y decorando sus espacios.
Pero, al momento de declarar impuestos, surge la pregunta clave:
¿puedo descontar estos gastos como parte de la operación del negocio?
La respuesta es sí, pero depende de cómo se planifiquen, justifiquen y documenten cada gasto.
¿Qué Gastos Suelen Aparecer en Fiestas Patrias?
Los gastos más comunes incluyen:
- Almuerzos o celebraciones internas.
- Arriendo de espacios para eventos.
- Regalos institucionales, como cajas dieciocheras o botellas de vino.
- Decoración temática para oficinas o locales.
- Actividades recreativas para el equipo.
Aunque estos gastos son típicos de la celebración, no todos son automáticamente deducibles.
Deben estar claramente justificados dentro del contexto laboral o comercial.
El Aguinaldo: Un Punto Clave
Un aspecto importante es el aguinaldo, una asignación monetaria adicional entregada a los trabajadores.
Para que sea deducible debe:
- Otorgarse a todos los empleados o a un grupo claramente definido.
- Cumplir con criterios objetivos y no discriminatorios.
- Estar debidamente registrado y pagado conforme a la legislación vigente.
Bebidas Alcohólicas en Fiestas Patrias: ¿Afectan la Deducción?
El vino, el pisco sour y la chicha son clásicos de las celebraciones, pero su tratamiento tributario es especial.
Según el Servicio de Impuestos Internos (SII), estos gastos solo son aceptables si:
- Están claramente vinculados a actividades laborales o eventos con un propósito comercial, como un almuerzo para todo el equipo.
- El gasto es proporcional y está respaldado con facturas válidas.
Ejemplo:
Comprar algunas botellas para un almuerzo dieciochero suele ser aceptado si está bien justificado.
En cambio, compras excesivas o para eventos privados sin relación con el negocio pueden ser rechazadas.
¿Cuándo se Considera que un Gasto es Aceptado?
Un ejemplo claro:
- Aceptado: Una empresa organiza un almuerzo dieciochero para todos sus trabajadores, contrata un servicio de banquetería y documenta todo con facturas y registros contables.
→ Tiene un propósito laboral claro: fomentar el clima organizacional. - No aceptado: Un evento exclusivo para gerentes, con un asado premium y sin la participación del resto del equipo.
→ El SII podría cuestionar su deducción por no cumplir con el principio de generalidad.
Lo mismo ocurre con los regalos a clientes: si se entregan botellas de vino sin una justificación comercial clara, el gasto puede ser rechazado.
Incluso la decoración puede ser deducible, siempre que sea razonable y esté vinculada a la imagen corporativa.
Recomendaciones para Evitar Observaciones
Si tu empresa planea celebrar estas Fiestas Patrias, sigue estos consejos:
- Documenta todo: Guarda facturas, contratos y registros de entrega.
- Justifica el propósito: Asegúrate de que el gasto esté vinculado a objetivos laborales o comerciales.
- Evita excesos: Mantén los montos razonables y proporcionales al tamaño de la empresa.
- Aplica criterios de generalidad: Los beneficios deben ser para todos, no solo para algunos.
- Sé coherente con tu giro: Los gastos deben estar relacionados con la actividad de la empresa.
Celebrar con Responsabilidad Tributaria
Las Fiestas Patrias son una gran oportunidad para fortalecer equipos, agradecer el trabajo y proyectar una cultura organizacional positiva.
Es posible celebrar sin comprometer la salud tributaria de tu empresa.
La clave está en planificar con criterio, respaldar cada gasto y entender que la celebración puede ser parte de una estrategia empresarial legítima.
🎉 ¡A disfrutar con responsabilidad!